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    Inicio » Una resolución del SENASA permite ampliar las exportaciones de lana de oveja
    Comercio Exterior

    Una resolución del SENASA permite ampliar las exportaciones de lana de oveja

    La nueva normativa propone habilitar las “Barracas de Campo” a realizar exportaciones directas desde el establecimiento hacia diferentes destinos internacionales, sin necesidad de trasladar previamente la lana hacia centros urbanos o barracas tradicionales
    AgronewsPor Agronews19 de enero de 2026
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    El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dio a conocer este lunes una medida que permitirá ampliar las exportaciones de lana ovina.

    Puntualmente, se trata de la incorporación de la categoría “Barraca de Campo”, destinada a establecimientos rurales que acopian su propia lana sucia.

    “La nueva normativa propone habilitar las “Barracas de Campo” a realizar exportaciones directas desde el establecimiento hacia diferentes destinos internacionales, sin necesidad de trasladar previamente la lana hacia centros urbanos o barracas tradicionales”, informó el SENASA.

    Y agregó: “Esta medida representará una mejora significativa para productores y operadores rurales, optimizando tiempos”.

    La medida se tomó a través de la resolución SENASA 44/2026 publicada en el Boletín Oficial y “busca fortalecer la competitividad del sector ovino, manteniendo intactos los estándares sanitarios exigidos a nivel internacional”, continuó el organismo sanitario.

    De este modo, entre los puntos centrales se destacan:

    La identificación dentro del Sistema único de Registro de SENASA (SUR) para inscribir la nueva figura.

    La utilización del Documento de Tránsito de Animales (DTe) para los movimientos de lana sucia hacia puestos de frontera.

    La emisión del Certificado Sanitario de Exportación Definitivo (CSED) en plazoletas fiscales.

    La facultad otorgada a las Direcciones Nacionales competentes para implementar acciones complementarias que permitan modernizar y agilizar la certificación.

    En este marco, el SENASA aclaró que la nueva normativa “no modifica los requisitos sanitarios, sino que facilita la operatoria para quienes ya cumplen con ellos, garantizando la trazabilidad y la transparencia de todo el proceso”.

    “Esta iniciativa constituye además un paso importante para el desarrollo del sector lanero, al permitir mayor flexibilidad comercial y promover la apertura de nuevas oportunidades de exportación para productores de distintas regiones del país”, remarcó el Servicio.

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